jueves, 28 de marzo de 2024, 08:26
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Jerarquía

El concepto de jerarquía significa etimológicamente "santo dominio", y en el lenguaje corriente se ha empleado para designar el orden vertical, estrictamente graduado, de la autoridad sacerdotal en la iglesia. Es un concepto que impregnó masivamente a la teología desde el segundo milenio para designar el orden eclesial querido por Dios, en el contexto de una eclesiología piramidal. Actualmente hablamos de "iglesia jerárquica", término popularizado por san Ignacio y los jesuitas desde la Contrarreforma, en sentido analógico a "Iglesia institucional"o a "autoridad eclesiástica". El concepto ha permanecido, tanto en la teología como en el derecho canónico, para subrayar las competencias de los distintos estamentos eclesiales. La identificación de la jerarquía con la iglesia ha llevado a veces a hacer de la eclesiología una "jerarcología".

Jurisdicción

Por jurisdicción se entiende la potestad pública concedida por Cristo a la iglesia para regir a los fieles en orden a que consigan su fin sobrenatural. Esta potestad de jurisdicción o del régimen se subdivide en legislativa, ejecutiva o administrativa y judicial. Mejor todavía se puede hablar de potestad de regir, enseñar y santificar, según los tres poderes de Cristo: pontífice, maestro y pastor.

La jurisdicción como iuris-dictio aparece históricamente vinculada de forma especial al poder judicial, ya que son los jueces los que dicen o dictan el derecho. Pero como los jueces tiene que atenerse a la ley y observar todo el principio de la legalidad, la jurisdicción más amplia y fundamental, que se desarrolla especialmente en el poder legislativo.