Comisión diocesana de pastoral

Las comisiones diocesanas de pastoral son organismos ejecutivos, de naturaleza permanente en cuanto a su institución, personas y actividad, que llevan a cabo la acción pastoral de la iglesia local, bajo la dirección del obispo y de los consejos diocesanos. El "motu proprio" Ecclesiae sanctae afirma que "con objeto de conseguir realmente el fin del consejo pastoral, es conveniente que un estudio previo preceda a los trabajos en común, con la ayuda, si el caso lo requiere, de las instituciones u oficinas que trabajen para ese fin".

Esta coordinación quedará garantizada si los directores de secretariados y comisiones de pastoral, a quienes puede suponerse, con razón, técnicos o especialistas en sus respectivos campos de la acción pastoral, son designados miembros del consejo de pastoral, para que este organismo tenga suficiente asesoramiento cualificado.

Las comisiones de pastoral puedes ser coordinadas por una secretaría técnica o centro diocesano, que, a su vez, recoge las consultas del consejo de pastoral. Este centro diocesano es en realidad un "centro de acción pastoral", como lugar en donde se establece el contacto entre la línea horizontal de las comisiones y la vertical del obispo, vicario y consejo presbiteral.

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